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Diccionario
Seguros

Letra A

Accidente

Suceso debido a una causa violenta, súbita, externa y ajena a la voluntad del asegurado, que causa un daño material o personal

Accidente personal

Lesión corporal provocada por una situación repentina y violenta, que no es fruto de la voluntad del asegurado.

Aceptación

Acto por el que una entidad aseguradora asume la cobertura de un riesgo, y al que sigue la suscripción y formalización de la póliza.

Actos de vandalismo

Las actuaciones voluntarias con intención de causar daños en los bienes asegurados, cometidas por toda persona distinta o ajena al asegurado, tomador, sus socios y familiares y a aquellas que posean o tengan cedidos los bienes asegurados por cualquier título.

Acuerdo de las partes

Conformidad a que llegan las partes respecto a un conflicto planteado.

Adhesión

Acto por el que una de las partes expresa su voluntad de unirse a un acuerdo en cuya elaboración no ha participado.

Agencia

Empresa destinada a gestionar asuntos ajenos o a prestar determinados servicios. Sucursal o delegación subordinada de una empresa.

Agente de seguros

Persona física o jurídica que actúa de intermediario en la gestión de operaciones de seguros, obteniendo como contraprestación a las funciones que realiza una retribución denominada comisión.

Agravación de un riesgo

La agravación del riesgo ocurre cuando, sea cual sea el acontecimiento, aumenta el riesgo al que se expone la persona o el objeto asegurado incialmente pactado, con obligación por parte del asegurado de notificar a la compañía para la valoración e inclusión del mismo.

Alteración del riesgo

Variación en la naturaleza del riesgo, por la que, si es accidental, puede rescindirse el contrato a voluntad de ambas partes, si la variación se produjo por causa del asegurado la decisión de la rescisión compete exclusivamente a la entidad aseguradora.

Anticipo

Pago anterior al momento en que se origina el débito.

Anualidad

Período natural de tiempo, de doce meses, que normalmente se utiliza como base para la contratación de pólizas con carácter prorrogable.

Anulación

Finalización de la relación contractual entre un asegurado y una entidad aseguradora.

Aportación

Cuota en euros de los partícipes en un Plan de ahorro .

Asegurado

Persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro y que en defecto del Tomador asume las obligaciones derivadas del contrato.

Asegurador

Persona jurídica que asume el riesgo contractualmente pactado.

Asegurar

Celebrar un contrato de seguro por el que un asegurador responde de cualquier daño fortuito que sobrevenga a las personas o a las cosas aseguradas.

Asistencia en viaje.

Ayuada técnica que presta un especialista cuando se produce un siniestro durante el viaje, por avería, accidente, etc…

Asociado

Persona perteneciente a una asociación..

Atraco o expoliación

La sustracción o apoderamiento ilegítimo de los bienes asegurados contra la voluntad del Asegurado, mediante actos de intimidación o violencia, realizados sobre las personas que los custodian o vigilan.

Aviso de rescisión

Notificación de una de la partes contratantes a la otra de su voluntad de dejar sin efecto la póliza, que debe hacerse dentro del plazo de preaviso estipulado en la misma.

Aviso de siniestro

Notificación del asegurado a su asegurador en la que le informa del acaecimiento del evento cubierto por la póliza, que debe hacerse dentro del plazo estipulado a tal efecto en la misma.

Letra B

Baremo

Tabla y conjunto de normas utilizadas para calcular, evaluar o comparar datos.

Bases técnicas

Conjunto de fórmulas y normas utilizadas en la ciencia actuarial para calcular tasas, primas o recargos que corresponden a cada riesgo cubierto. La comprobación de las mismas corresponde a los organismos oficiales de control de seguros.

Beneficiario

La persona física o jurídica, titular del derecho a la prestación contratada

Bienes asegurados

Los que figuren expresamente contratados en las Condiciones Particulares de la póliza.

Bonificación

Reducción en la prima a consecuencia de cierto requisito especificado en la póliza.

Bonus / Malus

Se aplica una escala de descuentos o recargos en la prima según el número o gravedad de los siniestros del tomador.  Analizando también el grado de responsabilidad y el importe de los accidentes, de forma que se facilite que cada persona pague en función de su comportamiento en la conducción.

Letra C

Cálculo de la prima

Conjunto de reglas matemáticas y estadísticas que se aplican con objeto de obtener la cuantía de la prima a satisfacer por el asegurado y que dependen del tipo de riesgo de que se trate. Los componentes básicos que incidirán en el valor de la prima son la frecuencia de siniestralidad, el coste medio de los siniestros acaecidos con anterioridad y el valor de los bienes asegurados.

Capital asegurado

Es el valor atribuido por el titular de un contrato de seguro a los bienes cubiertos por la póliza o sus necesidades de protección en los seguros sobre personas y cuyo importe es la cantidad máxima que el asegurador está obligado a pagar en caso de siniestro.

Capital asegurado muerte

Es el importe del capital asegurado correspondiente al seguro principal para la cobertura de fallecimiento del asegurado.

Capital asegurado por supervivencia o vida

Es el importe del capital asegurado correspondiente al seguro principal para la cobertura de supervivencia del asegurado.

Capital asegurado rentas

Es el importe del capital asegurado correspondiente al seguro principal para la cobertura de pago de rentas. Estas rentas pueden ser de carácter temporal o de carácter vitalicio, y producirse su pago bien por la supervivencia del asegurado o por el fallecimiento de éste.

Capital básico asegurado

Es el capital final garantizado que tendríamos al final del contrato de un seguro de vida-ahorro, si no existiera revalorización.

Capital final estimado

Es el capital garantizado al final, para un seguro vida-ahorro, más la participación en beneficios.

Capital final garantizado

Es el capital básico revalorizado, en un seguro de vida-ahorro.

Carta de garantía

Carta de garantía es el documento que extiende la entidad aseguradora como documento provisional de la existencia de una determinada cobertura de seguro. Suele hacerse a petición del tomador o asegurado, cuando éstos deben urgentemente justificar la existencia de un seguro y la entidad aseguradora no ha tenido todavía tiempo de emitir la correspondiente póliza o contrato.

Caución

Entrega de una cantidad de dinero o de un bien, como garantía del cumplimiento de una obligación.

Certificado de seguro

Documento que prueba la existencia de cobertura para un determinado riesgo.

Cesión

Transmisión de una parte de la cartera de pólizas de una entidad aseguradora titular de la misma (entidad cedente) a otra (cesionaria), haciéndose cargo esta última de los derechos y obligaciones que la cedente tenía con respecto a dichas pólizas.

Cláusula

Pacto contractual que figura en el condicionado de la póliza y que regula la relación entre las partes o bien modifica, añade o aclara determinada información contenida en el contrato.

Cliente

Termino empleado para designar al asegurado o contratante de la póliza.

Coasegurador

Entidad que participa en un coaseguro.

Coaseguro

Seguro en el que participan dos o más entidades aseguradoras cubriendo el mismo riesgo simultáneamente y a la misma tasa de prima, para compartir y dispersar éste, ya que cada entidad cubre sólo una parte del total del riesgo. Suele realizarse para aquellos riesgos que por su gran dimensión no pueden ser asumidos por una sola entidad aseguradora.
A través del contrato de coaseguro, se establecen las participaciones de cada entidad en el riesgo, percibiendo, cada una, la parte de prima que proporcionalmente le corresponde e igualmente se establece en él la cuantía de indemnización que a cada una corresponde satisfacer en caso de siniestro.

Cobertura

Conjunto de prestaciones asumidas por el asegurador con indicación de sumas aseguradas, plazos y límites.

Compañía de Seguros

Empresa con actividad económica fundamental de cobertura de riesgo a cambio del pago de unas primas correspondientes que correo a mano del asegurado.

Compensación de riesgos

Conjunto de operaciones realizadas por una entidad aseguradora encaminadas a mantener el adecuado equilibrio que debe existir entre las distintas clases de riesgos que asume, teniendo en cuenta, tanto los índices de intensidad como la frecuencia de siniestralidad.

Concurrencia de seguros

Esto ocurre cuando un mismo objeto está cubierto por diferentes seguros del mismo tipo y con coberturas parecidas.

Condiciones

Aspectos concretos que rigen el contenido de un contrato de seguro.

Condiciones especiales

Su misión fundamental es matizar o perfilar el contenido de determinadas normas recogidas en las condiciones Generales y Particulares, pudiendo ampliarlas, modificarlas o derogarlas.

Condiciones generales

Contienen el conjunto de normas y principios básicos que establece el Asegurador para regular todos los contratos de seguro que emita del mismo ramo o modalidad.

Condiciones particulares

Individualizan el riesgo, detallando sus características, como por ejemplo: tomador del seguro, asegurado, beneficiario, efecto y vencimiento del contrato, periodicidad e importe de las primas, naturaleza y situación del riesgo, extensión de garantías, etc.

Conductor

Persona que, legalmente habilitada para ello y con autorización del asegurado, propietario o usuario de un vehículo asegurado, conduzca el mismo o lo tenga bajo su custodia o responsabilidad en el momento de producirse un siniestro.

Consorcio (Consorcio de Compensación de Seguros)

Entidad de carácter asegurador, dependiente de la Dirección General de Seguros (Ministerio de Hacienda), entre cuyos fines se encuentra:
– Cobertura de ciertos riesgos extraordinarios.
– Coberturas de actos derivados del terrorismo.
– Gestionar ciertos aspectos del Seguro de Responsabilidad Civil de Suscripción obligatoria de Autos.
Su financiación se realiza, principalmente, a través de las aportaciones de los asegurados de aquellas pólizas que pudieran incurrir en riesgos cubiertos por este organismo.

Contenido

El conjunto de bienes que, siendo característicos del hogar, se hallen en el interior de la vivienda designada en las condiciones de la póliza, y sean propiedad del Asegurado, tales como muebles, incluidos electrodomésticos, ropas y ajuar doméstico, víveres, objetos de uso personal y demás enseres y animales domésticos, salvo los bienes no asegurados o excluidos.

Continente

El conjunto de la construcción principal (cimientos, muros, techos, suelos, puertas y ventanas), construcciones accesorias (armarios empotrados, chimeneas), e instalaciones fijas tales como la telefonía, calefacción, refrigeración, antenas de radio y televisión, en general todos aquellos bienes que no puedan separarse de la superficie que los sustenta, excepto pinturas murales con valor artístico o histórico aunque se encuentren formando parte de la estructura de la vivienda.

Contrato de reaseguro

Es aquel que establece las condiciones que han de regir en la relación entre asegurador directo y reasegurador con respecto a los riesgos que el primero cede al segundo. El reasegurador se obliga al pago de la indemnización que corresponda y como contraprestación recibe la prima por parte del asegurador directo.

Contrato de seguro

Contrato formalizado en un documento o póliza en el que se establecen las condiciones que han de regir la relación entre asegurador y asegurado, a través del que la entidad aseguradora sume la cobertura de un riesgo adquiriendo el derecho de cobrar las primas y obligándose a pagar la indemnización establecida en caso de siniestro. Por su parte, el contratante del seguro adquiere el derecho a dicha indemnización y se obliga al pago de la prima.

Corredor de seguros

Profesional de la gestión de seguros que actúa de mediador entre los asegurados y las entidades de seguros sin estar ligado a ninguna entidad por un contrato de agencia.

Culpable

Persona que provoca el daño tanto intencional co por una imprudencia o negligencia.

Cuota

Pago anual realizado por el mutualista como consecuencia del contrato de seguro suscrito. A diferencia de la prima, cuya característica es la invariabilidad, la cuota puede ser variable en función de los resultados obtenidos en cada ejercicio.

Letra D

 

Daño corporal

Lesión corporal causada a personas físicas.

Daños materiales

La destrucción o deterioro de los bienes asegurados en el lugar descrito en la póliza.

Deber de salvamento

Obligación por la cual el asegurado ha de actuar de forma eficaz para disminir la envergadura de los daños provocados por un siniestro.

Declaración

Manifiesto del asegurado respecto a las circunstancias del siniestro y en su caso del valor del objeto asegurado.

Defensa jurídica

Cobertura por la cual la aseguradora asume  la defensa por daños y perjuicios del asegurado dentro de los limites establecidos del contrato.

Defensa Penal

Cobertura según la cual la aseguradora paga la fianza penal y correo con los gatos en lo que se incurre  durante el procedo de defensa del asegurado dentro de los límites establecidos del contrato

Dependencia

El estado de carácter permanente en que se encuentra el Asegurado, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisa de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.

Derechos consolidados

Reciben este nombre las aportaciones y los rendimientos asociados a las mismas que pertenezcan a un partícipe de un Plan de Pensiones.

Desaparición

Valor de los objetos desaparecidos.

Descripción del riesgo

Enumeración de las particularidades de un riesgo con objeto de su aceptación y tarificación por parte de la entidad aseguradora. 

Desperfecto

Menoscabo sufrido por un efecto salvado de un siniestro.

Dirección General de Seguros

Órgano dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda cuyas misiones son de control y fiscalización de la actividad aseguradora española. Entre sus actividades se encuentra:
– Respecto a las entidades aseguradoras:
     * Otorgar o denegar las autorizaciones pertinentes para efectuar operaciones o apertura de nuevos ramos. 
     * Su documentación contractual y técnica. 
     * Puesta en marcha de medidas cautelares o urgentes en situaciones anómalas, etc.
– Respecto a los mediadores de seguros. 
     * Control y comprobación del cumplimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de su actividad . 
     * Aplicación, en su caso, del régimen disciplinario.
– Resolución de las reclamaciones formuladas contra las personas o entidades sometidas a control.
– Formalización y custodia de los Registros Especiales de entidades y mediadores de seguros, así como de peritos tasadores, comisarios y liquidadores de averías.

Disminución del riesgo

Situación en la que el riesgo cubierto por una póliza adquiere una peligrosidad inferior a la inicialmente prevista, lo cual supone un ajuste a la baja de las primas a satisfacer por el asegurado.

Duplicado de póliza

Copia exacta de la póliza que tiene idéntico valor al original.

Duración del seguro

Plazo durante el que permanecen vigentes las garantías de un contrato de seguro. Comienza con la fecha de efecto inicial de la póliza y finaliza al llegar el vencimiento de la misma. La duración normal de la póliza suele ser de un año, prorrogable por años sucesivos salvo indicación expresa en contra.

Letra E

Edad actuarial

Es la edad que se tiene en cuenta en el seguro de vida y se obtiene calculando la edad correspondiente a la fecha de cumpleaños más cercana, ya sea anterior o posterior, a la fecha de iniciación del seguro. En el supuesto de coincidencia de tiempo entre la fecha de cumpleaños pasada y futura se tomará como referencia la futura.

Efecto del seguro

Momento y fecha  en que comienzan a estar vigentes las garantías cubiertas en la póliza .

Emisión

En el ámbito asegurador es el acto por el que se formaliza una póliza o contrato de seguro. Momento en que éste comienza a surtir efecto.

Entidad depositaria

Financiera encargada de la custodia y tenencia de los valores y demás activos financieros integrados en los fondos de pensiones. Las Entidades gestoras y depositarias emiten un certificado de pertenencia que certifica las aportaciones realizadas e imputadas a cada partícipe y sus derechos consolidados.

Entidad gestora

En Seguros de Vida, Sociedad anónima cuyo objeto social es la gestión y administración de fondos de pensiones. Las Entidades aseguradoras de vida pueden ser gestoras.

Evaluación del daño

Valoración en términos económicos o cuantificación de los perjuicios sufridos por un asegurado, en su persona o en sus bienes como consecuencia de la materialización del riesgo que se cubría en la póliza. En los seguros de daños a las cosas, tal cuantificación suele realizarse por el perito.

Evaluación del objeto asegurado

Establecimiento, por parte del asegurado, del valor económico del bien asegurable que se realiza en la proposición de seguro.

Explosión

Dilatación repentina de un gas expedido del cuerpo que lo contiene produciendo una onda expansiva que destruye las estructuras próximas.

Expoliación

Apropiación de una cosa ajena con violencia o intemidación a las personas.

Exposición al riesgo

Grado de probabilidad de que se materialice un riesgo. Probabilidad de la ocurrencia del siniestro.

Extinción del seguro

Finalización de los efectos del seguro.

Extorno de prima

Cuantía de la prima satisfecha por el asegurado, que la entidad aseguradora debe reembolsarle por haberse producido circunstancias externas que conllevan la rescisión del contrato.

Letra F

Fecha de efecto

Fecha en que toma vigencia el contrato de seguros.

Fianza

La fianza es una garantía judicial para asegurar que se cumple una obligación,  en el caso de los seguros suele pagarla la aseguradora en beneficio del asegurado para cubris su obligaciones judiciales respecto a los daños a tercerso.

Fondo de pensiones

Patrimonio compuesto de los activos generados por el ahorro común acumulado de muchas personas, cuyo objeto es generar una renta vitalicia, actualizada con la inflación, para dichas personas cuando alcancen la edad de jubilación

Formalización de la póliza

La formalización de la póliza es el acto que da origen al nacimiento de los derechos y obligaciones de ambas partes derivados del contrato de seguro.

Fraccionamiento de prima

Sistema del pago de la prima utilizado por algunas entidades aseguradoras que consiste en conceder al asegurado la posibilidad de satisfacer la prima anual mediante pagos periódicos, en lugar de hacerlo de una sola vez y por anticipado.

Franquicia

Cantidad o porcentaje, expresamente pactada en la póliza, que se deducirá de la indemnización que corresponda en cada siniestro y que será a cargo del Asegurado.

Fraude

Acción contraria a la ley en la que interviene malicia o engaño.

Frecuencia de siniestralidad

Promedio de número de siniestros que una póliza o conjunto de pólizas tiene durante un año.

Fuerza mayor

Acontecimiento imprevisible, o que habiendo sido previsto, es inevitable y del que se derivan daños que, generalmente, no son indemnizables por no estar cubiertos por las garantías de la póliza.

Letra G

Garantía

Compromiso de la aseguradora por el que se hace cargo, de acuerdo a los limites contemplados en el contrato de seguros, de las consecuencias económicas de un siniestro.

Letra H

Hurto

La toma de los bienes asegurados, contra la voluntad del Asegurado, sin empleo de fuerza o violencia en las cosas, ni intimidación ni violencia ejercida sobre las personas.

Letra I

Imprudencia

Actuación careciendo de la diligencia que corresponde a la naturaleza de la actividad que se está efectuando y que puede causar daño sin malicia o intención de causarlo

Incapacidad

Situación en la que, como consecuencia de una anormalidad anatómica de la persona derivada de un accidente cubierto por el seguro, ésta resulta limitada en su aptitud para el trabajo.
– Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo: inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
– Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual: aquélla en la que la capacidad o aptitud para su trabajo habitual queda disminuida parcialmente, pero de forma definitiva.
– Incapacidad permanente absoluta para la profesión habitual: aquella en la que la persona resulta inútil para la realización de su trabajo habitual pudiendo dedicarse a otras profesiones.

Incendio

La combustión y el abrasamiento con llama, capaz de propagarse, de un objeto u objetos que no estaban destinados a ser quemados en el lugar y momento en que se produce.

Indemnización

En el ámbito asegurador es el montante que la entidad aseguradora debe pagar al sujeto asegurado para resarcirle de los daños causados por un siniestro y hasta el límite que haya sido previsto en el contrato de seguro. Es, por tanto, la contraprestación al pago de las primas por parte del asegurado. La indemnización se materializa en la entrega de una cantidad monetaria equivalente al valor de los daños o mediante la sustitución de los objetos dañados si el asegurado lo consiente. En ambos casos, el valor de lo entregado al asegurado no puede exceder del que tenía el objeto dañado antes de producirse el daño.

Indice de siniestralidad

Coeficiente que compara o relaciona el coste de los siniestros habidos en un conjunto o cartera de pólizas con el total de las primas que han sido devengadas por dichas pólizas.

Informe pericial

Documento realizado por el perito en el que se especifican todas las peculiaridades del siniestro y se cuantifican las pérdidas ocasionadas como consecuencia del mismo.

Infraccion

Contravención o violación de alguna ley, tratado o pacto

Infracción Administrativa

Quebrantamiento de las disposiciones administrativas. Puede cometerse on intencionalidad o por negligencia.

Infracción Tráfico

Transgresión de las normas de circulación, acarreando sanciones establecidas por la ley. Tanto como conductor de vehículos a motor, bicicletas o peatones.

Infraseguro

Situación que se produce cuando, en el momento del siniestro, la suma asegurada es inferior al valor de los bienes asegurados.

Inspector de siniestros

Persona cuya función consiste en llevar a cabo la tramitación y resolución de siniestros así como el estudio del grado de siniestralidad de la zona en la que actúa y, en algunos casos, hacer efectivo el pago de la indemnización o parte de la misma.

Interés asegurable

Voluntad de conservación de un bien susceptible de ser evaluado económicamente.

Interés legal

Interés que impone la ley para los casos en que una operación devengue intereses o sea preciso establecer un recargo de demora al tipo de interés pactado durante el tiempo en que una obligación se encuentra en mora.

Interés técnico

Tipo de interés utilizado en la ciencia actuarial para la realización de descuentos financieros en las operaciones de renta vitalicia y seguros de vida con objeto de calcular las primas, reservas, etc. Es el tanto por ciento de interés mínimo que una entidad garantiza como rentabilidad en las bases técnicas del seguro de Vida.

Invalidez

En Derecho del Trabajo, se designa con este nombre a la incapacidad que sobreviene al trabajador como consecuencia de enfermedad o accidente.

Invalidez permanente

La pérdida anatómica o la disminución funcional total o parcial de carácter permanente e irreversible provocada por accidente, de cualquier órgano o miembro o de las facultades del Asegurado.

Invalidez provisional

Aquella en la que, agotado el plazo máximo de incapacidad laboral transitoria, el trabajador permanece incapacitado y necesitado de asistencia sanitaria por un período que se prevé no tenga carácter definitivo.

Letra J

Joya

Objeto de oro o platino, con o sin perlas o piedras preciosas engarzadas. Tendrán asimismo esta consideración las monedas de dichos metales.

Jubilación

Cese del trabajador en su actividad laboral por razón de su edad o imposibilidad física.

Letra L

Liquidación de siniestro

Acto por el cual se cuantifican y satisfacen las consecuencias económicas de un siniestro en la medida que corresponda, de acuerdo con lo establecido en la póliza.

Lucro

Ganancia o provecho que se obtiene de una cosa.

Lucro cesante

Beneficio que hubiera podido obtenerse de algo, y no se obtiene, como consecuencia de un hecho que interrumpe el curso normal de las cosas.

Luna

Cristales de un vehiculo tanto lateras, traseros , parabrisas como techos.

Letra M

Margen de solvencia

Capacidad patrimonial que tiene una entidad de seguros para asumir la cobertura de los riesgos que tiene contratados con sus asegurados, capacidad que está representada por lo que se denomina Patrimonio Propio No Comprometido.

Masa asegurable

Volumen de riesgos asegurados, que debe ser lo suficientemente amplio como para que, técnicamente y apoyado en la Ley de los Grandes Números, establezca una situación que garantice el normal desarrollo del negocio asegurador.

Mediador

Intermediario entre un asegurado y una aseguradora a efectos de la contratación de una póliza.

Modalidad de seguro

Es la agrupación de coberturas y características específicas dentro de un mismo ramo o seguro.

Mora

Situación producida por la tardanza o retraso en el cumplimiento de una obligación. En el ámbito asegurador esta situación puede ser originada por el asegurado, con respecto al pago de las primas, o por el asegurador, con respecto al pago de la indemnización.

Letra N

Nulidad

Ineficacia de un acto jurídico por adolecer de vicios o defectos que impiden su validez o por carecer de los requisitos legales precisos para la misma. El acto es nulo de inmediato, sin que sea preciso acudir a la autoridad judicial para que así lo determine, y dicha nulidad supone la consideración del mismo como inexistente, eliminando sus efectos incluso con carácter retroactivo. En el ámbito asegurador, supone la necesidad, por parte de la entidad aseguradora, de devolver al asegurado las primas que éste hubiera satisfecho y, por parte del asegurado, la devolución a la entidad aseguradora de las indemnizaciones que le hubieran sido liquidadas.

Letra O

Objeto artístico o histórico

Aquél que, por su antigüedad, autor o características, posea un valor específico refrendado documentalmente por el correspondiente mercado de arte especializado.

Objeto del seguro

Se pretende designar con dicho nombre el bien asociado al riesgo que cubre el seguro, el interés asegurable.

Ocupante

Persona transportada en un vehiculo de motro, o que se encuentre en su interior o sobre él.

Letra P

Parte de siniestro

Notificación de Siniestro

Parte con culpa

Cuando ha ocurrido un sineistro, la parte con culpa es la persona sobre la que recae la responsablidad.

Participación en beneficios

Sistema por el que se comparten los beneficios o ganancias habidas en una determinada actividad entre la empresa que las obtiene y otro grupo de personas o empresas (empleados, clientes, etc.). En el ámbito asegurador, se materializa en un porcentaje que, en ciertos tipos de pólizas de vida, el asegurador ofrece al tomador de las mismas sobre los beneficios obtenidos en el período. En reaseguro dicha participación es ofrecida por la entidad reaseguradora a la cedente, dada su contribución a la generación de beneficios en la entidad reaseguradora.

Partícipe

En seguros de vida, las personas en cuyo interés se crea un Plan de Pensiones.

Partida

La agrupación de garantías, con carácter general de la misma naturaleza y en seguros personales de distinta naturaleza, con una tasa de tarificación y método definidos comunes. Este concepto comprende el bien asegurado (continente, contenido…) o la prestación cubierta por la Compañía dentro de un ramo.

Perfección del contrato

Momento jurídico en que la convención de voluntades produce los efectos que la Ley o las partes hayan determinado..

Peritación

Tasación o determinación de las consecuencias económicas derivadas de un siniestro, a fin de que la Entidad aseguradora, en base a su informe, determine el importe de la indemnización correspondiente.

Perito

Profesional encargado de realizar la peritación.

Perjudicado

Persona que ha sufrido lesión en sí misma, en sus derechos o en su patrimonio.

Plan de pensiones

Institución de previsión privada cuyas prestaciones en forma de capital o renta complementan a las de la Seguridad Social.

Plazo de aceptación

Período durante el cual una entidad aseguradora decide si acepta o no la cobertura de un riesgo.

Plazo de carencia

Período establecido a partir de la fecha de efecto del contrato, durante el cual el asegurado no podrá beneficiarse de las garantías previstas en la póliza por no cubrir el riesgo la entidad aseguradora durante el mismo o cubrirlo sólo parcialmente.
Se estipula normalmente en las pólizas de seguros de vida, enfermedad o asistencia sanitaria, con objeto de proteger a la entidad aseguradora frente a una posible enfermedad u ocultación de un hecho por parte del asegurado.

Plazo de gracia

Período de tiempo, normalmente de 30 días a partir del vencimiento del plazo estipulado para el pago de la prima, en virtud del cual, se concede al asegurado la posibilidad de hacer efectivo el pago de la misma y durante el mencionado plazo, cualquier siniestro garantizado en la póliza permanece cubierto.

Póliza

Documento que contiene las condiciones reguladoras del seguro. Forman parte integrante de la póliza: las Condiciones Generales, las Particulares que individualizan el riesgo, las Especiales, si procedieren y los Suplementos o Apéndices que se emitan a la misma para completada o modificada.

Póliza colectiva

Aquella en la que, dentro de la unidad que representa, ofrece su cobertura a un colectivo de personas en cuyos miembros concurre una circunstancia común.

Póliza combinada

Aquella que facilita un conjunto de coberturas a riesgos de distinta naturaleza pero que tienen la circunstancia común de recaer sobre un mismo asegurado.

Póliza en cartera

Una póliza se considera de Cartera cuando su emisión se ha producido en ejercicios anteriores.

Póliza en producción

Una póliza se considera de Producción cuando se emite en el ejercicio actual.

Póliza flotante

Aquella que facilita una cobertura variable en función de la modificación en contenido, valor y cantidad, del objeto sobre el que recae el riesgo y que suele emitirse con el fin de simplificar el proceso administrativo que supondría la renovación de la póliza a medida que se producen cambios en el mismo.

Póliza individual

La que contrata para sí la persona sobre la que recae el riesgo o aquella, en definitiva, en la que resulta asegurada una sola persona, por contraposición a la póliza colectiva.

Póliza simple

Aquella que cubre un solo riesgo concreto, por contraposición a la póliza combinada.

Póliza temporal

Aquella cuya cobertura está limitada temporalmente, normalmente por un período inferior a un año.

Prescripción

Extinción de la posibilidad del ejercicio de las posibles acciones o derechos que correspondan, por haber transcurrido el tiempo establecido por la ley para ejecutados. Junto con la caducidad, es una de las formas que existen de extinción de los derechos y acciones. En el ámbito asegurador, la prescripción de las acciones que corresponden a las partes se establece en las condiciones generales de la póliza en función de lo dispuesto en la legislación. La Ley del Contrato de Seguros, establece que las acciones derivadas del Contrato de Seguro tienen un plazo de prescripción de dos años para los seguros de daños a cosas y de cinco para los de daños a personas.

Prima

El precio del seguro. El recibo contendrá, además, los recargos e impuestos que sean de legal aplicación.

Prima de tarifa

También denominada prima neta de impuestos o prima comercial. Es la prima que aplica el asegurador a un riesgo determinado y para una cobertura concreta y un plazo estipulado de tiempo. Conceptualmente es la prima pura con los recargos correspondientes a gastos de administración y adquisición.

Proposición de seguro

Documento que el asegurador entrega al solicitante haciendo una oferta. La proposición contiene las características y condiciones de la cobertura del riesgo, y el precio o prima de la misma.

Prórroga de seguro

Renovación de las garantías del contrato por un nuevo período de tiempo y en las mismas o similares condiciones. Excepto en los seguros concertados por tiempo limitado se produce cada año de forma automática, salvo mención expresa en contrario por alguna de las partes y dentro del plazo a tal efecto estipulado en la póliza.

Proyecto de seguro

Estudio que elabora la entidad aseguradora sobre las características y coste de un riesgo determinado con objeto de presentado a un asegurado potencial, a fin de que éste decida su contratación o no.

Letra R

Ramo

Es el tipo de seguro que agrupa un conjunto de coberturas comunes.

Rappel

Reducción o descuento en el precio de venta, en base al volumen de pedidos.

Reasegurado

Entidad aseguradora que, a través de un contrato de reaseguro confía a otra la cobertura de uno o varios riesgos asumidos por la primera.

Reasegurador

Entidad que, a través de un contrato de reaseguro, acepta la cobertura de uno o varios riesgos asumidos por otra.

Reaseguro

Contrato a través del cual una entidad (cedente), cede a otra (reasegurador), y ésta acepta, la cobertura de uno o varios riesgos que habían sido asumidos por la primera. El reaseguro permite una nivelación o equilibrio en las carteras constituidas, evitando la posibilidad de que un determinado siniestro haga peligrar la estabilidad económica de la entidad. Las circunstancias que presiden la existencia del reaseguro son, tanto para la entidad aseguradora como para la reaseguradora, la necesidad de que exista un adecuado fraccionamiento en los riesgos asumidos, así como de que se dé un cierto grado de homogeneidad entre los mismos, tanto en su cantidad como en su calidad.

Recargo de seguridad

Cantidad que se calcula en las bases técnicas y se incluye en la prima, con el objetivo de establecer un margen de seguridad con el que salvar la diferencia que pueda existir entre la siniestralidad esperada y la realmente obtenida. Con el mencionado recargo se dotan anualmente las provisiones técnicas de desviaciones de siniestralidad.

Recibo

Documento o soporte formal que acredita la realización de un pago a una persona, la signataria del mismo, por parte de otra. Recibo finiquito: documento que reconoce el pago de una indemnización por parte de la entidad aseguradora al asegurado y por el cual se da por cancelado el siniestro quedando la misma eximida de toda obligación a este respecto. Recibo de primas: documento que reconoce el pago, por parte del asegurado a la entidad aseguradora, de la prima correspondiente el período a que el recibo se refiere.

Reclamación

Petición o protesta encaminada a que se reconozca un derecho o se faculte para el ejercicio del mismo.

Recobro

Parte de la indemnización satisfecha por la entidad aseguradora al asegurado que es recuperada por ésta de la persona responsable del daño.

Reducción

Consiste en la transformación de la póliza en un seguro de la misma modalidad y liberado del pago de primas.

Regla proporcional

Procedimiento de cálculo de la indemnización a recibir en caso de siniestro y que será de aplicación, en los casos previstos en la póliza, cuando se produzca Infraseguro.

  

Limita la cantidad que se recibe como indemnización en caso de que el asegurado y/o tomador omita información en la póliza o de datos inexactos. En este caso la compañaia solo pagaría en proporción entre lo que se pago de prima y lo tendría haber pagado con toda la información.


La fórmula de aplicación de la regla proporcional será la siguiente: Indemnización = (Valor del Daño X Suma asegurada para los bienes) / Valor de los bienes.

Renta temporal

Es la cantidad periódica que el asegurador pagará al asegurado mediante la existencia de un Seguro de Renta, durante un número limitado de años y cuya interrupción puede producirse por el fallecimiento. el asegurado. Puede ser inmediata o diferida, dependiendo del momento en que empiece a devengarse.

Renta vitalicia

Es la cantidad periódica que el asegurador pagará a la persona designada como beneficiaria en un contrato de Seguro de Renta, mientras dure la vida de esta persona o de otra que, sin ser beneficiario, ha sido tomada como referencia para el establecimiento de la duración de la renta.

Reparación

Acto por el cual una cosa determinada pasa a tomar su estado primitivo, mediante la renovación de sus partes dañadas.

Reposición

Sistema de indemnización, para caso de siniestro, que en ciertos casos, puede emplear la entidad aseguradora, y que consiste en la sustitución de los bienes dañados por el siniestro por otros de similares características. La reposición sólo puede llevarse a cabo cuando ello sea expresamente aceptado.

Rescate

En seguros de vida, acción de anular el contrato recobrando las cantidades aportadas en las condiciones fijadas en la póliza.

Rescisión

Anulación de contrato en atención a la lesión en sus derechos sufrida por alguno de los contratantes. En el ámbito del seguro, las condiciones generales de la póliza suelen incluir esta posibilidad, para la entidad aseguradora, tras el acaecimiento de un siniestro y con la correspondiente notificación al asegurado y devolución de la parte de las primas no consumidas. También se prevé esta posibilidad para el asegurado, quien, en este caso, no tiene derecho a la devolución de las primas.

Riesgo

Hecho futuro, incierto, posible e independiente de la voluntad de las personas contratantes, que de tener lugar produce determinadas consecuencias económicas no deseadas. Es la causa del seguro.

Riesgo no cubierto

Son  las situaciones o siniestro que no quedan cubiertos por el seguro. Si ocurren no serán indemnizados.

Robo

La sustracción o apoderamiento ilegítimo, por parte de terceros, de los bienes asegurados, contra la voluntad del Asegurado, mediante actos que impliquen fuerza o violencia en las cosas, o introduciéndose el autor o autores en la vivienda que contiene los bienes asegurados, mediante ganzúa u otros instrumentos no destinados ordinariamente a abrir las puertas, o penetrando secreta o clandestinamente, ignorándolo el Asegurado, su familia y/o empleados, ocultándose y cometiendo el hecho cuando la vivienda se hallase cerrada.

Rotura

Quiebra de un cuerpo sólido por el arranque, la fatiga o causas externas.

Letra S

Salvamento

Empleo de medios para aminorar las consecuencias de un siniestro. Los gastos de salvamento son los gastos ocasionados con el fin de aminorar las consecuencias de un siniestro, con exclusión de las medidas tomadas por la Autoridad o el Asegurado o Tomador del Seguro para cortar o extinguir el siniestro.

Seguro

Acuerdo o contrato por el cual se establece el traspaso de las consecuencias económicas desfavorables producidas por la realización del riesgo asegurado, dentro de los límites pactados, a cambio del cobro de una prima.

Seguro a primer riesgo

Modalidad de cobertura por la que se garantiza una cantidad o porcentaje determinado, hasta el cual queda cubierto el riesgo, con independencia del valor total, sin que, por tanto, haya aplicación de regla proporcional por insuficiencia de suma asegurada (Infraseguro).

Seguros de ahorro

En este tipo de seguros se garantiza el pago de un capital en caso de supervivencia del asegurado.

Seguros de vida-riesgo

En este tipo de seguros se garantiza el pago de un capital en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado.

Siniestro

El hecho cuyas consecuencias dañosas estén cubiertas por la póliza. El conjunto de los daños derivados de una misma causa original constituye un solo siniestro.

Situación del riesgo

Es el lugar donde está ubicado el bien objeto de cobertura por parte del seguro.

Sobreprima

Es una prima complementaria que tiene la función de cubrir el coste adicional que se produce como consecuencia de la agravación de un riesgo asegurado.

Sobreseguro

Cuando la suma asegurada es superior al valor del objeto asegurado. En caso de siniestro la compañía sólo indemniza por el daño efectivamente causado (valor real del objeto o valor de nuevo si está pactado).

Subgarantía

Delimitación de la garantía para determinados supuestos o contingencias incorporadas en la garantía, es decir, cada una de las coberturas englobadas en la garantía.

Subrogación

Sustitución de una persona por otra, que ejercita los derechos y acciones de la primera.  En el caso de seguros la compañía permite sustituir un asegurado durante en el ejercicio asumiendo el mismo los derechos del anterior.

Suma asegurada

La cantidad fijada en las condiciones de la póliza para cada uno de los bienes o garantías aseguradas, que representa el límite máximo de la indemnización a pagar por el Asegurador en cada siniestro, y que debe corresponder, salvo pacto en contrario, al valor real de los bienes asegurados en el momento anterior a la ocurrencia del siniestro, salvo lo previsto en la garantía de Seguro a Valor de Nuevo.

Suplemento

Modificación o alteración de las condiciones de una póliza. Deben estar firmados por las mismas partes firmantes del contrato de seguro. asegurado; desaparecida dicha causa, se produce la rehabilitación de la póliza.

Supraseguro

Valoración del objeto asegurado por encima de su valor real, que le asegurado realiza cuando suscribe la póliza. Cuando se da esta circunstancia, y ante la ocurrencia de un siniestro, la entidad aseguradora sólo está obligada al pago de la indemnización por la cuantía equivalente al valor real que el objeto tuviera en el momento previo a la ocurrencia del siniestro, independientemente de que el capital asegurado sea de cuantía superior.

Suspensión de garantías

Situación en la que dejan de tener efecto, total o parcialmente, las garantías contratadas en la póliza, por causas diversas, generalmente previstas en la misma y sólo temporalmente, ya que la suspensión defintiva supondría la extinción o rescisión del contrato de seguro. La causa más común de suspensión de garantías es el impago de la prima por parte del asegurado; desaparecida dicha causa, se produce la rehabilitación de la póliza.

Sustracción

Apropiación ilegítima de un bien ajeno con ánimo de lucro. Legalemnte el robo y el hurto no son idénticos aunque en los dos casos se producción la sustración del objeto.

Letra T

Tarifa de primas

Catálogo o relación de los distintos tipos de prima aplicables a cada riesgo dentro de una modalidad determinada de seguro. En un sentido más estricto se corresponde con la tasa (en tantos por ciento o tantos por mil), aplicable a un determinado riesgo considerado de forma individualizada, y atendiendo a las características propias del mismo.

Tarificación

Conjunto de cálculos técnicos y estadísticos tendentes a determinar las tasas o tipos de prima que son aplicables a los diferentes riesgos. En sentido amplio, se utiliza para denominar el cálculo de la prima a pagar por un determinado riesgo, realizado a partir de la tarifa.

Tercero o

Persona que no es ninguna de las dos o más de quienes se trata o intervienen en un determinado contrato o negocio.

Tercero perjudicado

Se denomina así al perjudicado por un siniestro en el ámbito de la responsabilidad civil, entendiendo que la primera parte implicada es el asegurado, la seguna parte, la aseguradora, y el tercero el perjudicado.

Tomador del seguro

La persona física o jurídica implicada en el siniestro que, juntamente con el Asegurador, suscribe este contrato y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el Asegurado.

Tuberías subterráneas

Los conductos formados por tubos para la distribución de agua fría o caliente, calefacción y saneamiento o evacuación, situados en el subsuelo, por debajo del nivel de la calle o del pavimento de la planta más baja del edificio, con independencia de la profundidad a la que se encuentren instalados.

Letra U

Letra V

Valor de nuevo

Es el coste de reposición del bien en el momento del siniestro, sin descontar el posible desgaste que tuviese el bien asegurado por su uso y por el tiempo.

Valor real

En general, es el valor que tenía el bien afectado por el siniestro en el momento anterior a que éste ocurriera. Se determinará deduciendo, del valor en estado de nuevo, la depreciación por envejecimiento, uso y desgaste. Para cuadros, estatuas y objetos artísticos, el valor real será el que verdaderamente tengan en el mercado, en el momento del siniestro, y no su precio de coste o valor afectivo.

Valor venal

Precio del objeto asegurado en el momento inmediatamente anterior a producirse el siniestro.

Valores garantizados

En ciertas modalidades de seguro de vida, nombre con el que se denomina, una vez satisfechas las primas correspondientes, a los valores de anticipo, reducción y rescate.

Vehículo de sustitución

Cobertura por la cual la compañía de seguros garantiza al asegurado un vehículo a disposición mientras su coche o mote este en el taller.

Vencimiento del seguro

Finalización de la vigencia de un contrato de seguro como consecuencia de la realización de alguna de las condiciones establecidas a tal efecto en la póliza. Generalmente, se aplica por cumplimiento del plazo previsto de vigencia.

Víctima

Persona que sufre sobre sí o en su patrimonio los daños causado por acciones u omisiones de las que otro resulta responsable o causados por fuerza mayor.

Vigencia del seguro

Período de vida del contrato de seguro, durante el cual normalmente permanecen con efecto las coberturas estipuladas en el mismo, salvo que, por circunstancias externas, éstas se encuentren en suspenso.